Escrito por Dirección de Comunicaciones y Relaciones Públicas de AIEDI
Contenido de la nota.
Este 15 de febrero del 2020, el señor José Carrión Cabrera realizó una denuncia pública mediante Facebook contra el gerente, Jorge Mendoza Ríos, del restaurante La Panka de Costa Verde.
José Carrión Cabrera denunció en redes sociales que al llegar al restaurante de La Panka de Costa Verde con su madre en silla de ruedas y su hija con discapacidad visual encontró una camioneta estacionada en una zona rígida y que, además, obstruía la rampa para personas con discapacidad. Después, al increpar este hecho al personal del local, estos le comentaron que era la camioneta del gerente (Jorge Mendoza Ríos), quien luego bajó y le dijo que si no le gustaba, que se retirara.
Esta denuncia pública se puede leer en la siguiente publicación:
De forma casi inmediata, La Panka anunció a través de sus redes oficiales el cierre de unos de sus locales franquiciados en la Costa Verde; La Panka Bordemar. Esto se dio a que La Panka, a través de la Gerente General, Dueña y Fundadora, Denisse Nossar, no comparte la actitud del gerente del local de la Costa Verde, el Sr Jorge Manuel Mendoza Ríos y que tomarán medidas para que se sancione con las autoridades correspondientes. Asimismo, La Panka les resolvió el contrato de franquicia. Este comunicado oficial lo pueden observar en la siguiente publicación:
Debido a la gran difusión y tras las acusaciones al Sr. Jorge Mendoza Ríos, salió a defenderse a través de una entrevista con RPP indicando lo siguiente:
“En ningún momento les dije que se fueran. El señor, altaneramente, me dijo ‘sabes que tienes que mover tu carro’. Ellos ya habían ingresado, pero el señor estaba completamente ofuscado. A la señorita que estaba en la puerta le dije ‘hazlos pasar’ (…) me apena que esta señora haya pasado por esto”, aseguró Mendoza. (PERU21: 2020).
En vista a los diferentes pronunciamientos que han dado las instituciones del Estado, el equipo de AIEDI se ha comunicado con Rosa Paredes, Representante del Programa de Defensa y Promoción de los Derechos de las Personas con Discapacidad de la Defensoria del Pueblo para conocer que acciones se pueden realizar ante este acto realizado por el Sr. Jorge Mendoza Ríos. Esto fue lo que nos comunicó:
“Existen dos hechos significativos. El primero hecho es el carro estacionado en una zona rígida y que bloquea parte de la rampa para personas con discapacidad. En este caso, según el Reglamento Nacional de Transito establece que la persona que incurre en esta acción debe ser multada con el 8% de 1UIT (S/ 344). El segundo hecho es la discriminación. Primero está la discriminación por delito penal que es penada por 2 o 3 años. Por otra parte, la discriminación por el consumo, va referido a INDECOPI que puede recibir la denuncia o actuar de oficio. En este caso, me parece ya actuó de oficio. Entonces, se hará una investigación donde evaluarán que, si hubo un trato diferenciado y por un motivo prohibido, en este caso, por discapacidad, corresponde una multa de hasta 450 UIT (S/ 1.935.000). Además es importante recordar que las instituciones públicas y privadas deben respetar la Norma Técnica de Accesibilidad. De incumplirla, la municipalidad de la jurisdicción será la encargada de la fiscalización y posterior sanción”, comentó Rosa Paredes, Representante del Programa de Defensa y Promoción de los Derechos de las Personas con Discapacidad de la Defensoria del Pueblo.
En ese mismo sentido, INDECOPI ya inició una investigación a través de su comunicado donde expresa el rechazo a cualquier tipo de discriminación con relación al consumo. De proceder la denuncia y encontrar un acto de discriminación, la multa sería hasta 450 UIT, que equivale a S/ 1.935.000. Además, recordó que ningún consumidor puede ser discriminado de acuerdo al Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571).
Esperamos que se sancionen a las personas correspondientes porque no debe permitirse ningún acto de discriminación ya que estos actos no corresponde a los principios de una ciudad inclusiva y para todos.